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Información sobre el coronavirus
Información de interés
Todos los asegurados de ASISA Salud (ya sea póliza privada o porque pertenezcan a una de las mutualidades) tienen garantizada en este momento la atención por coronavirus. La atención la prestaremos siempre de acuerdo al protocolo y las instrucciones establecidas por el Ministerio de Sanidad y las consejerías autonómicas y no supondrá un coste adicional para usted.
  • Si tiene síntomas o ha estado en contacto con una persona afectada, antes de acudir a algún centro, llame a los teléfonos de atención sanitaria facilitados por cada CCAA (Consultar teléfonos), o al del Centro Nacional de Urgencias y Emergencias de ASISA (900 900 118).
  • Para cualquier otro tipo de información acerca del coronavirus, contacte con: 91 991 19 99
Por favor, haga un uso responsable de los servicios de emergencias. Su solidaridad, nos ayudará a llegar a todos.

Para evitar nuevos contagios, antes de acudir a algún centro, llame a los teléfonos de atención sanitaria facilitados por cada CCAA, o al del Centro Nacional de Urgencias y Emergencias de ASISA, donde le atenderán siguiendo los protocolos médicos marcados por el Ministerio de Sanidad.

Importante: todas las pruebas relacionadas con el seguimiento epidemiológico de la población deben realizarse por los servicios públicos de salud responsables de este seguimiento y control. En la situación epidemiológica actual NO está recomendado hacer pruebas a toda la población. Si tiene síntomas contacte con su médico/a de cabecera.
Las pruebas en personas asintomáticos o contactos de pacientes COVID+ se consideran dentro del control y seguimiento epidemiológico, por lo que estas pruebas deben gestionarse con los servicios de Salud Pública de las CC.AA.

INDICACIONES:

  • Paciente ingresado por infección respiratoria aguda o que desarrolla síntomas respiratorios compatibles con infección por COVID-19 durante el ingreso con indicación del facultativo responsables.
  • Paciente con sintomatología de Infección respiratoria aguda o sintomatología compatible con la COVID-19 de cualquier severidad en las primeras 24 horas desde el conocimiento de los síntomas.
  • Se puede considerar en personas especialmente vulnerables o residentes en instituciones cerradas que presenten un cuadro clínico de infección respiratoria aguda independientemente de su gravedad tras valoración clínica individualizada.

Los síntomas más comunes incluyen fiebre, tos y sensación de falta de aire. Normalmente los síntomas son leves. Los casos más graves se dan en personas mayores o que tienen alguna enfermedad por ejemplo del corazón, del pulmón o problemas de inmunidad.

En estos momentos nuestra prioridad es apoyar a la sanidad pública y atender los casos con sintomatología. Nuestro compromiso es dedicar todo nuestro esfuerzo y todos nuestros recursos a frenar la propagación del coronavirus para, entre todos, intentar revertir la situación y recuperar lo antes posible la normalidad.

En este sentido, debe ser un médico quien, de acuerdo a los protocolos marcados por Sanidad, indique la conveniencia de realizar la prueba diagnóstica.

He oído hablar de los nuevos test rápidos de antígenos. ¿Qué son?
Es una prueba para diagnosticar la COVID19 que busca la presencia de antígeno de la cápsula del virus en las vías respiratorias altas, y determina si en ese momento estás desarrollando la enfermedad. Es de utilidad hasta el quinto día tras la aparición de los síntomas.

Esta prueba ¿en qué consiste?
Las muestras se recogen como en la PCR y su funcionamiento es similar al de los test de embarazo. Se toma una muestra de la mucosa de la nariz o garganta utilizando un hisopo (un bastoncillo acabado en una pequeña bola de algodón), y a continuación se pone en contacto con un reactivo. Pasado un tiempo, variable en función del modelo empleado, se pueden leer los resultados.

¿Qué diferencia hay con la PCR? ¿De qué depende hacerme una u otra?
Los nuevos test rápidos de antígenos acortan en gran medida el tiempo necesario para obtener un resultado. Según la situación, el médico podría recomendar una prueba PCR para confirmar un resultado negativo de la prueba de antígeno. Elegir una u otra puede variar en función del criterio médico y dependiendo de la disponibilidad de las pruebas.

¿Cuándo está indicado? ¿Es de cobertura por la entidad?
El test de antígeno está indicado en pacientes sintomáticos, con síntomas compatibles con la COVID19. Por ahora, no está confirmada su utilidad diagnóstica en asintomáticos. La cobertura está condicionada por la situación clínica del paciente y por la indicación del facultativo responsable.

Parece que la transmisión es por contacto estrecho con las secreciones respiratorias que se generan con la tos o el estornudo de una persona enferma. Su contagiosidad depende de la cantidad del virus en las vías respiratorias. Estas secreciones infectarían a otra persona si entran en contacto con su nariz, sus ojos o su boca.

Parece poco probable la transmisión por el aire a distancias mayores de uno o dos metros.

Prevenir el contagio depende de nosotros:

  • Lávate las manos con agua y jabón.
  • Al toser o estornudar, cúbrete la boca y la nariz con la parte interna de tu brazo.
  • Usa pañuelos desechables y tíralos tras su uso.
  • Evita tocarte los ojos, la nariz y la boca ya que las manos facilitan su transmisión.
  • Y no viajes si no es imprescindible.

El uso de la mascarilla es obligatorio en España desde el 21 de mayo para las personas mayores de seis años en:

  • Todos los espacios públicos cerrados, independientemente de la distancia interpersonal que pueda mantenerse.
  • Los medios de transporte aéreo, en autobús o ferrocarril, incluyendo andenes y estaciones, así como en teleféricos y transportes públicos en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor.
  • Espacios al aire libre o eventos multitudinarios al aire libre, si no se puede mantener una distancia mínima interpersonal de 1,5 metros.

La obligación del uso de mascarilla no será exigible en las siguientes situaciones:

  • Dificultad respiratoria o contraindicación por otras causas debidamente justificadas.
  • Actividades con las que sea incompatible: consumo de bedidas y alimentos, en piscinas durante el baño.
  • En el momento de realizar actividad deportiva al aire libre.
  • En centros de trabajo cuando los trabajadores permanezcan sentados siempre y cuando se garantice una distancia interpersonal de al menos 1,5 metros, incluyendo las intervenciones de las partes en procesos judiciales cuando se pueda mantener esa distancia o, en su defecto, se disponga de mamparas separadoras.
  • Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

La situación de pandemia global hace que puedan existir ciertas restricciones o requisitos para viajar a determinados países, por lo que en algunos casos se recomienda no viajar salvo que sea estrictamente necesario. En todo caso, y de acuerdo con las indicaciones oficiales, todo viajero debe contar con la posibilidad de verse afectado en el extranjero por restricciones de diferentes tipos que puedan afectar o alterar la libertad de movimientos. Por ello es muy importante mantenerse informado en todo momento de la normativa que hayan establecido, en su caso, los países de destino.

En aquellos casos en los que el viaje sea estrictamente necesario, tendrá cobertura de acuerdo a los límites y con las condiciones del producto que tenga contratado. Puede consultarlos en su área privada de la web.

En todo caso, recuerde que el diagnóstico y/o tratamiento de la infección, llegado el caso, responderá al protocolo marcado por las autoridades sanitarias del país donde se encuentre. En este sentido, infórmese antes de los convenios que existen en materia de asistencia sanitaria con el país de destino o en su defecto, la normativa que lo regula para conocer si los costes derivados de esa asistencia correrían a su cargo.

Los coronavirus son una amplia familia de virus que normalmente afectan sólo a animales. Algunos tienen la capacidad de transmitirse de los animales a las personas.

El nuevo coronavirus SARS-CoV-2 es un nuevo tipo de coronavirus que puede afectar a las personas y se detectó por primera vez en diciembre de 2019 en la ciudad de Wuhan, provincia de Hubei, en China. Posteriormente se ha convertido en una pandemia global que ha obligado a adoptar decisiones drásticas en materia de salud pública en todo el mundo. Todavía hay cuestiones que se desconocen en relación con la enfermedad que produce, la Covid-19, pero afortunadamente desde comienzos de 2021 se dispone de vacunas eficaces que han conseguido limitar el impacto global de la enfermedad en muchos países, siendo España uno de los países del mundo que cuenta actualmente con un mayor nivel de vacunación en la población.

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Consulta más información sobre el coronavirus
En estos enlaces puedes encontrar información complementaria sobre el coronavirus. Recuerda la importancia de consultar solo fuentes oficiales y no contribuir a la propagación de bulos y/o informaciones no contrastadas.
Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social
Organización Mundial de la Salud
Comisión Europea

IMPORTANTE: Información actualizada a fecha 21/03/2022. En continua revisión y actualización permanente.